¿Puedo conseguir un Título o un Certificado de mi Ocupación si no he estudiado o si no he completado mis estudios? En agosto de 2009 se publicó el Real Decreto de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral, lo que también se conoce por Acreditación o Certificación de Competencias. Esto significa que, a partir de este decreto, una persona que sabe un oficio pero no disponga de un título del mismo podría obtener una acreditación de su cualificación si probara que es competente en ese oficio, es decir, que sabe desarrollar aquello que su oficio exige.
Una persona trabajadora puede aprender su oficio de múltiples maneras: estudiando en un
centro de formación reglada (centros dependientes del Ministerio de Educación: colegios, institutos, universidades); formándose en un
centro de formación profesional para el empleo (centros dependientes del Ministerio de Trabajo: fundaciones, asociaciones de empresas, sindicatos, empresas de formación privada, ...), o sencillamente a medida que se va trabajando, lo que se denomina aprendizaje por la vía de la experiencia laboral. En esta última categoría se encuentran numerosos trabajadores y trabajadoras en España.
Títulos, Certificados y experiencia laboral
Hasta la aparición del Real Decreto en agosto de 2009, la persona trabajadora que era competente en una determinada función, como por ejemplo un/a soldador/a, podíaprobar su habilidad de distintas maneras: 1.Presentando adquiridos en el aprendizaje de esa profesión en un
centro de formación reglada: un TÍTULO sería un documento emitido por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, como los obtenidos cuando se termina un ciclo de FP en un instituto controlado por el Ministerio de Educación (colegios, institutos, universidades)
2.Presentando CERTIFICADOS adquiridos en el aprendizaje de esa profesión: un CERTIFICADO sería un documento emitido por el MINISTERIO DE TRABAJO o los SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO, como los obtenidos cuando se termina un curso de formación en cualquier
centro de formación profesional controlado por el MINISTERIO DE TRABAJO o los SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO (fundaciones, asociaciones de empresas, sindicatos, empresas de formación privada etc...). Lo que muchos trabajadores llaman ¨cursillos¨.
3.Demostración real de las aptitudes del trabajador o trabajadora en el manejo de una determinada maquinaria a petición de la empresa que le contrata. En este caso puede NO TENER TITULOS o CERTIFICADOS, pero sí experiencia.
Paralelamente a esto existía otra realidad. Utilizando el ejemplo anterior: por muy buen soldador o soldadora que fuese y por muchos cursos dependientes del Ministerio de Trabajo que se hubieran hecho y por muchos certificados que se hubieran obtenido, estos certificados NO ERAN TITULOS y no eran reconocidos por el Ministerio de Educación aunque la persona en cuestión tuviese mucha formación (es decir, muchos certificados emitidos por el Ministerio de Trabajo). Y más, si el soldador o la soldadora quisiese tener un título de soldador reconocido por el Ministerio de Educación tendría que volver a estudiar todo otra vez en una escuela homologada por el Ministerio de Educación para que le concedieran el título.
Esto equivale a decir que en aquel momento NO HABÍA equivalencia entre un Certificado de Soldador/a y un Título de Soldador/a, aunque el contenido de aprendizaje fuera el mismo. Los títulos eran oficialmente reconocidos en todo el territorio español de forma uniforme, al igual que los certificados, pero la correspondencia entre ellos no estaba reconocida. Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) En 2002 se crea un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional cuyo referente es el CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES que está gestionado por el INCUAL – Instituto Nacional de Cualificaciones.
Desde su creación el CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES (CNCP) es la referencia única para ambos sistemas de formación profesional, dependientes del Ministerio de Educación y del Ministerio de Trabajo, para impartir la formación y dar los títulos o certificados correspondientes a las cualificaciones profesionales.
El CNCPcontiene todas las profesiones/ocupaciones descritas al detalle (unidades de competencia, realizaciones profesionales y módulos formativos necesarios para adquirir cada competencia). A continuación se puede ver un ejemplo extraído del CNCP:
Cualificación Profesional SOLDADURA Familia Profesional Fabricación Mecánica Nivel 2 Código FME035_2 Situación RD 295/2004 Competencia general Realizar las soldaduras de acuerdo con especificaciones de procedimientos de soldeo (WPS, con criterios de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.
Unidades de Competencias para ser soldador según CNCP
Documento emitido al concluir el modulo Para M. Educación
Documento emitido al concluir el modulo Para M. Trabajo
Grado de Formación del alumno/a para ambas entidades
UC0098_2: Realizar soldaduras y proyecciones térmicas por oxigás.
Concluido
1 Certificado en Unidad Competencia 0098_2
Parcial
UC0099_2: Realizar soldaduras con arco eléctrico con electrodo revestido.
Concluido
1 Certificado en Unidad Competencia 0099_2
Parcial
UC0100_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (TIG).
Concluido
1 Certificado en Unidad Competencia 0100_2
Parcial
UC0101_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo consumible (MIG, MAG) y proyecciones térmicas con arco.
Concluido
1 Certificado en Unidad Competencia 0101_2
Parcial
TITULACIÓN FINAL
1 Titulación en Soldadura
1 Certificado en Soldadura
Total
Formación Asociada ( 600 horas ) Módulos Formativos MF0098_2: Soldadura y proyección térmica por oxigás (140 h) MF0099_2: Soldadura con arco eléctrico con electrodos revestidos (200 h) MF0100_2: Soldadura con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (130 h) MF0101_2: Soldadura con arco bajo gas protector con electrodo consumible (130 h) Relación entre Título y Certificado Sobre la base del CNCP la formación del Ministerio de Educación emite los TÍTULOS de FP y
la de Trabajo emite los CERTIFICADOS de FPPERO, ahora podemos establecer una relación entre TÍTULO y CERTIFICADO y más que eso, las dos entidades los reconocen mutuamente en todo el territorio nacional.
¿Cómo quedaría con nuestro Ejemplo de arriba?
UNIDADES DE COMPETENCIA
REALIZACIONES PROFESIONALES
UC0098_2: Realizar soldaduras y proyecciones térmicas por oxigás.
RP 1: Preparar los equipos para proceder a las operaciones de soldeo y proyección, cumpliendo las normas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente. CR 1.1 Los sopletes y mangueras están limpios y en buen estado, se ajustan adecuadamente y se regula la presión de salida de los gases de las botellas, o de los sistemas de alimentación, en función de las características de los materiales a soldar o proyectar. CR 1.2 El gas se suministra conectando las mangueras a las botellas o a los sistemas de alimentación específicos para el tipo de soldadura o proyección que se va a realizar. CR 1.3 Los equipos e instalaciones se supervisan controlando los parámetros de funcionamiento. RP 2: Preparar los elementos para proceder a las operaciones de soldeo y proyección, cumpliendo las normas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente. CR 2.1 Los consumibles se seleccionan según sus funciones y los materiales a soldar y proyectar, identificándose por su nomenclatura normalizada. CR 2.2 Las superficies sobre las que se va a proyectar se preparan de acuerdo con las especificaciones técnicas aplicables. CR 2.3 Los bordes que hay que unir están preparados según las características y dimensiones de los materiales que se van a soldar, el consumible que hay que emplear y el procedimiento de soldeo. CR 2.4 Los consumibles se manipulan y conservan en el puesto de trabajo según instrucciones establecidas. CR 2.5 Los soportes para los elementos que se deben soldar o proyectar, garantizan un apoyo correcto y evitan deformaciones posteriores. RP 3: Realizar las operaciones de soldeo y proyección de acuerdo con especificaciones de procedimientos de soldeo (WPS) o con las de proyección térmica, cumpliendo las normas de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente. CR 3.1 La WPS y la simbología de las soldaduras que se deben realizar se interpretan según las normas. CR 3.2 Las especificaciones y la simbología de las operaciones de proyección térmica se interpretan según las normas. CR 3.3 Las boquillas son idóneas para el trabajo a realizar, ajustándose al caudal de los gases para obtener la llama deseada. CR 3.4 Las temperaturas de precalentamiento, postcalentamiento y entre pasadas que se aplican a los materiales son las especificadas. CR 3.5 La secuencia de soldeo o de proyección térmica es la especificada, controlando que el equipo funciona satisfactoriamente. CR 3.6 La soldadura o proyección térmica se realiza teniendo en cuenta las características de los materiales y su cumplimiento con los requisitos de calidad establecidos (dimensiones, aspecto superficial, transición con el metal base, deformaciones...)
UC0099_2: Realizar soldaduras con arco eléctrico con electrodo revestido.
ETC
UC0100_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (TIG).
ETC
UC0101_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo consumible (MIG, MAG) y proyecciones térmicas con arco.
ETC
¿Un Titulo equivale a un Certificado? No. Las unidades de competencia que componen un título equivalen a las unidades de competencia que componen un certificado. Los certificados están estructurados según las Unidades de Competencia del CNCP. Los títulos también, pero pueden añadir más horas relativas a otras habilidades transversales que la autoridad educativa considere pertinente en el momento de elaborar el programa formativo.
Ejemplo: Los estudios de soldadura impartidos por una unidad laboral (un centro de formación profesional homologado por el Ministerio de Trabajo) comprende todas las unidades de competencia del CNCP hasta un total de 600 horas. Al final de esas 600 horas se recibe un certificado de Soldadura. Los estudios de soldadura impartidos por un instituto de Formación Profesional dependiente del Ministerio de Educación comprenden todas las Unidades de Competencia del CNCP y otros conocimientos, hasta completar un total de 1000 horas. Si hago una formación en un centro de formación profesional tengo un certificado de soldador. Si quiero un titulo de soldador emitido por el Ministerio de Educación tendría que hacer las 400 horas que faltan para completar la formación del titulo (que comprende las 600hs que ya tengo del certificado y otras 400 horas que me exige Educación para tener un título).
¿Un Certificado vale menos que un Titulo? De ninguna manera. En el ejemplo anterior en ambos casos la persona recibe la formación oficial e integral en la especialidad elegida: Soldadura. Y ambas son válidas en el mercado laboral. Sin embargo si quiero acceder por la vía académica controlada por el Ministerio de Educación (ir a la universidad o hacer un curso de Formación Profesional de Grado Superior) necesitaré un título de grado medio de soldadura. En ese caso mi certificado de soldadura vale, pero tendré que hacer unas horas más de su programa curricular hasta completar las 1000 hs para obtener el título y así poder cursar el Grado Superior.
¿Y si no quiero un Título?. No es obligatorio obtener un Título, si la persona quiere hacer una formación académica en los moldes que facilita el ministerio de educación. La cuestión es que una persona trabajadora pueda certificar sus conocimientos y que éstos sean reconocidos por todos, tanto por el Ministerio de Educación, como por el Ministerio de Trabajo y el mercado laboral, en todo el territorio Nacional. Conocimiento de la profesión, pero sin certificados, ni títulos Si durante la vida laboral de un trabajador o trabajadora se ha aprendido una profesión pero no se dispone ni de certificados, ni de títulos, entonces es cuando se puede aplicar el RD 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Así una persona que es soldador y nunca lo ha estudiado, podría probar lo que sabe hacer sometiéndose a una evaluación y sobre esta evaluación obtendría unaacreditación (parcial o total), acorde con los conocimientos que tenga. Con ese documento, el trabajador o trabajadora puede acreditar una formación en suoficio y, si lo estima oportuno,seguir estudiando en el sistema educativo regulado por el Ministerio de Educación, en el nivel que le corresponde, para llegar a obtener un título. Esto también es válido para personas que tienen una formación parcial (tienen algunos certificados de una ocupación, pero no todos) o que han interrumpido su formación académica en algún momento y quieren retomarla.
¿Quién hace la evaluación de mis conocimientos? Desde Agosto de 2009 los distintos Servicios Públicos de Empleo han empezado a desarrollar el sistema que se pondrá en funcionamiento para el proceso de evaluación y acreditación de competencias. Hay una serie de procedimientos que es necesario estructurar y desarrollar acorde con lo que determinado por el decreto. En Cantabria se está estructurando todo este sistema, y se necesitará un año para que esté disponible y pueda ser utilizado por las personas trabajadoras. Los detalles de cómo se procederá, dónde, qué documentos serán necesarios... serán informados oportunamente por el organismo que se encargue de ello.